El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/20 del Poder Ejecutivo de la Nación y su
prórroga establecida por el Decreto N° 355/20, estableció para todo el territorio
nacional, la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” para toda la
población, previendo en su artículo 6 dentro de las excepciones a la prohibición de
circulación a las “Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que
necesiten asistencias; a personas mayores; a niños; a niñas; y adolescentes”.
La Resolución de firma Conjunta entre el señor Jefe de Gabinete de Ministros y el
Ministro de Hacienda N° 7/MJGGC/20 y su modificatoria Resolución N 8/MJGGC/20,
declaró la esencialidad del Ministerio de Educación en toda su jurisdicción.
El Equipo Directivo de la Escuela/ Coordinación del Espacio/ Sede N°……Distrito
Escolar/Supervisión…. con domicilio en………………… deja constancia que el/la
niño/a/joven ……………. DNI N°………………. es alumno/a del sistema educativo de
gestión estatal y beneficiario/a del servicio alimentario, que será provisto a través de la
Canasta Escolar Nutritiva, la cual puede ser retirada por el adulto responsable, o el
estudiante cuando cursare estudios de nivel secundario.
Se extiende esta constancia para que el Sr/Sra……………….., DNI N°…………………
en su carácter de adulto responsable del alumno/a mencionado precedentemente,
concurra en la fecha……………. de 12 a 16 horas, a retirar del establecimiento
educativo mencionado la Canasta Escolar Nutritiva otorgada por el Ministerio de
Educación de la Ciudad de Buenos Aires
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